Una situación que podría marcar un precedente en lo que respecta al debate sobre las leyes laborales.
Un trabajador que cumplía sus funciones en el patio de una panadería en la localidad de Metán, Salta, va cobrar cerca de medio millón de pesos como compensación por haber sufrido explotación laboral. El obrero denunció a su empleadora por no querer registrarlo. De hecho, según declaró, a partir del sexto mes de relación laboral había empezado a solicitárselo ya que no quería “seguir trabajando en negro”. Sin embargo, la propietaria nunca tomó cartas en el asunto y fueron a juicio.
Asimismo, el trabajador perjudicado relató que su situación económica no era la mejor en ese entonces, lo cual lo obligaba a aceptar las condiciones de la patronal, quien además se aprovechaba de su contexto personal y lo maltrataban. En síntesis, buscaban que renunciara a toda costa. En tanto, el hombre, cansado de sufrir explotación laboral, fue a la Dirección Provincial de Trabajo y presentó su problema, intimando a la empleadora a que esclarezca este panorama, le abone rubros, conceptos y lo registre.
Esta situación de explotación también se detalla en la cantidad de horas que el hombre trabajaba y lo que le reconocía su empleadora, pues 140 expresa el trabajador y 70 su encargada. En este sentido, cuando se pidieron las pruebas correspondientes, la mujer presentó imágenes extraídas de la cámara de seguridad. Supuestamente, la relación laboral empezaba a las 17.30 y terminaba a las 21.00, pero la fotografía registraba el horario de las 17.00. En tanto, el trabajador rechazó esta prueba de su empleadora, quien no pudo demostrar la autenticidad de las mismas.
Otra prueba que mostró la empresaria fue un recibo de sueldo por $1.700, en concepto de aguinaldo y firmado por el trabajador. No obstante, también rechazó esta prueba, quien explicó que al prestar servicios “en negro”, la mujer le obligaba a firmar recibos en blanco. Por su parte, el juez laboral de Metán, Ronaldo Robles, no reconoció a esas constancias como elementos de prueba y dijo que no tienen ningún valor, que no están relacionados con los hechos denunciados por el trabajador y dejo configurada la mala fe de la empleadora.
De esta manera, Robles dio lugar a la demanda del trabajador y condenó a la titular de la panadería a pagar la suma de $451.000, más intereses, según la tasa activa de promedio mensual del Banco Nación Argentina. Al mismo tiempo, obliga a entregar al trabajador el certificado de trabajo, constancia detalladas de los aportes y contribuciones enviadas a los organismos de Seguridad Social y Sindicato, la certificación de servicios y remuneraciones.
Fuente: E.I